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REFRIGERANTES

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REFRIGERANTES

El idioma seleccionado hace referencia a la legislación vigente en cada país.

LEGISLAÇÕES

Incluyen a cualquier tipo de gas refrigerante en la lista europea de residuos peligrosos; definen exactamente el proceso de la gestión de residuos, así como los requisitos de los productores de residuos, gestores, etc. Cualquier gas refrigerante sea del tipo CFC, HCFC o HFC. se han de recuperar para su regeneración, reciclaje o destrucción. Está prohibido ventear cualquier refrigerante a la atmósfera. Los instaladores han de estar inscritos en su correspondiente comunidad autónoma como pequeños productores de residuos. También establecen las multas en caso de incumplir esta reglamentación. Ley 7/22 de 8 de abril de RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS PARA UNA ECONOMÍA CIRCULAR. Deroga la Ley 22/2011 y la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero. Así mismo, los gases refrigerantes están afectados por leyes europeas como el Reglamento Comunitario CE Nº 1005/2009 y el CE Nº 517/2014, que obligan a recuperar todos los CFCs, HCFCs y HFC para su regeneración, reciclaje o destrucción. LEY 7/22, de 8 de abril Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, POR EL QUE SE REGULA EL TRASLADO DE RESIDUOS EN EL INTERIOR DEL TERRITORIO DEL ESTADO. Esta norma se aplica a los traslados de residuos entre Comunidades Autónomas para su valorización o eliminación, incluidos los traslados que se producen a instalaciones que realizan operaciones de tratamiento intermedio y de almacenamiento. RD 553/2020, de 2 de junio
8 de julio de 2022: Modificación de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, POR LA QUE SE ESTABLECEN DETERMINADAS MEDIDAS EN MATERIA DE FISCALIUDAD MEDIOAMBIENTAL Y SE ADOPTAN OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS Y FINANCIERAS. Entrada en vigor el 1 de septiembre de 2022. Ley 14/22, de 8 de julio RD 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el nuevo reglamento sobre el impuesto sobre gases fluorados. Entrada en vigor 1 de septiembre de 2022. RD 712/2022. Nuevo reglamento del impuesto sobre gases fluorados Orden HFP/826/2022, de 30 de agosto, por la que aprueba los nuevos modelos 587 (Autoliquidación) y A23 (Solicitud de Devolución) del impuesto de gases fluorados. Modelo 587 (Autoliquidación) y Modelo A23 (Solicitud de Devolución)Preguntas frecuentes publicadas por la Agencia Tributaria al respecto de la modificación. Preguntas frecuentes Agencia Tributaria Tabla de tipos impositivos sobre gases fluorados. Tabla de tipos impositivos
Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecenlos requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados. Modificación del Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias. Modificación del anexo del Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Deroga el Real Decreto 795/2010.

Este reglamento entró en vigor el 1 de enero del año 2010 y sus puntos básicos son:

CE-SAO-1005-2009

Este reglamento será aplicable a partir del 1 de Enero de 2015 y quedará derogado a partir de la misma fecha el Reglamento CE 842/2006

Regula:

  • – Normativa sobre la contención, uso, recuperación y destrucción de gases fluorados de efecto invernadero.
  • – Condiciones para la comercialización de producto y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos.
  • – Establece condiciones a usos específicos de dichos gases y fija límites cuantitativos para su comercialización.

LEGISLAÇÕES

Este reglamento entró en vigor el 1 de enero del año 2010 y sus puntos básicos son:

CE-SAO-1005-2009

Este reglamento será aplicable a partir del 1 de Enero de 2015 y quedará derogado a partir de la misma fecha el Reglamento CE 842/2006

Regula:

  • – Normativa sobre la contención, uso, recuperación y destrucción de gases fluorados de efecto invernadero.
  • – Condiciones para la comercialización de producto y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de ellos.
  • – Establece condiciones a usos específicos de dichos gases y fija límites cuantitativos para su comercialización.

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